Las acciones que han quedado prohibidas abarcan desde la toma de fotografías o videos de víctimas, hasta la difusión, reproducción o comercialización de material gráfico que esté relacionado con una investigación penal.
La Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 225 del Código Penal Federal, conocida como Ley Ingrid, con la que se sancionará a nivel nacional la difusión de información o material audiovisual relacionado con un procedimiento penal. El pleno aprobó el dictamen con 470 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
En febrero del 2021, la Ley Ingrid fue aprobada por el Congreso de la Ciudad de México, esta vez tendrá validez a nivel nacional. La reforma fue turnada al Senado de la República donde se votará de manera definitiva.
Las sanciones que contempla esta nueva legislación pueden alcanzar de 4 10 años de prisión, con un agravante en el caso de que las imágenes difundidas sean sobre mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad. También señala penas o castigos específicos para servidores públicos. Las multas serán de entre 100 a 150 días de salario y de 4 a 10 años de prisión.
Las acciones que han quedado prohibidas abarcan desde la toma de fotografías o videos de víctimas, hasta la difusión, reproducción o comercialización de material gráfico que esté relacionado con una investigación penal.
La Ley Ingrid surgió a raíz del asesinato de Ingrid Escamilla Vargas, ocurrido el 9 de febrero del 2020, en la Ciudad de México. El crimen causó consternación debido a que medios de comunicación difundieron imágenes con la escena del crimen. El debate se centró en la falta de perspectiva de género de quienes difundieron la noticia.
DETRACTORES
Aunque en el pleno del Congreso la aprobación del dictamen fue celebrado como una muestra de que las diversas bancadas pueden ponerse de acuerdo para legislar en beneficio de México, la Ley Ingrid ha tenido detractores en algunos casos.
En diciembre del 2020, la reforma al Código Penal de Quintana Roo, en el mismo sentido, fue rechazada por Red de Periodistas de Quintana Roo, Red Feminista Quintanarroense y otras organizaciones civiles, debido a que consideraron que en esta entidad la iniciativa impulsada por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena), había perdido el sentido inicial, y tenía el riesgo de criminalizar la labor periodística.
Artículo 19 señaló en el caso de Quintana Roo que la Ley Ingrid “criminaliza la labor periodística sobre un asunto de interés público como es la violencia contra las mujeres en el estado”, y la Red de periodistas de Quintana Roo consideró que la Ley “restringe el ejercicio periodístico, abre la puerta a la censura y coarta el derecho de la sociedad a ser informada”.