SCJN concede amparo liso y llano a Laura Morán y Alejandra Cuevas, acusadas por Gertz Manero

SCJN concede amparo liso y llano a Laura Morán y Alejandra Cuevas, acusadas por Gertz Manero

Aunque el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar señaló que en el proyecto si se estableció que hubo omisión en los cuidados del paciente, consideró que esta omisión no podría ser atribuida a Morán. En todo caso, la responsabilidad recaería en el personal médico que le atendió.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo liso y llano a Laura Morán. La mujer de más de 90 años de edad, estuvo en prisión desde el 2020, tras ser denunciada por el fiscal Alejandro Gertz Manero, por el supuesto homicidio de su hermano. La resolución también aplica a su hija, Laura Cuevas, denunciada por su supuesta responsabilidad en el mismo caso.

Durante la sesión ordinaria que tuvo lugar este lunes, la SCJN revisó los recursos de revisión interpuestos por el Ministerio Público Federal y Alejandro Gertz Manero, así como los recursos de revisión adhesiva interpuestos por Laura Morán y Alejandra Cuevas, en contra de las respectivas sentencias de amparo, mediante el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrz Ortiz Mena.

A través de un comunicado, la SCJN informó que el pleno determinó inconstitucionales, tanto la orden de aprehensión, como el auto de formal prisión, dictados en contra de Laura Morán y su hija, Alejandra Cuevas, ya que la autoridad no acreditó los requisitos que establece la Constitución para ello.

El Tribunal Pleno determinó que Laura Morán procuró, atención y cuidados a su pareja, el hermano del fiscal, de acuerdo a sus posibilidades, por lo que no se demostró que hubiera incurrido en un delito bajo la modalidad de “comisión por omisión”.

En el caso de Alejandra Cuevas, el pleno concluyó que fue incorrecto atribuirle el fallecimiento de Federico Gertz bajo la figura de “garante accesoria”, pues se trata de una figura inexistente en la Ley.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, justificó su votó a favor de otorgar el amparo a la acusada pues de no hacerlo, el asunto «hubiera naufragado por años en los tribunales» y se causarían daños irreparables en las partes involucradas.

El ministro presidente explicó que el caso fue atraído por la SCJN en virtud de las peculiaridades políticas que tenía el asunto, y que requería que el más alto tribunal pudiera resolverlo. Asimismo, puntualizó que no hubo injerencia en la resolución del pleno que votó con libertad.

El ministro presidente sostuvo que lo único que el pleno tenía qué analizar era si estaba acreditado el cuerpo del delito o no, y si hubo probable responsabilidad de Laura Morán en la muerte de Federico Gertz, hermano mayor del fiscal. Aunque Zaldívar señaló que en el proyecto si se estableció que hubo omisión en los cuidados del paciente, consideró que esta omisión no podría ser atribuida a Morán. En todo caso, la responsabilidad recaería en el personal médico que le atendió, puntualizó Zaldívar.

«Lo único que tenemos que analizar en este caso, como lo hace bien el proyecto, es si está acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de la quejosa. Me parce muy importante que el proyecto establece, y lo dijo el ministro ponente, que si hay una omisión de cuidado, si hay un descuido en el cuidado de la persona que falleció. Sin embargo, esta omisión de cuidado no puede ser imputable a la quejosa, a la señora Laura Morán, quien tomó las medidas, que de acuerdo a su condición podía tomar. De haber una responsabilidad, pudiera ser de los médicos y del personal de enfermería», expresó Zaldívar .

El proyecto fue presentado por Gutiérrez Mena tras ser desechado el del ministro Alberto Pérez Dayan. El descarte tuvo lugar después de que se hiciera pública una conversación privada, en la que Gertz Manero comentó tener conocimiento del proyecto, y su intención de buscar a toda costa que las dos mujeres fueran condenadas.

PROYECTO PRESENTADO POR GUTIÉTTEZ ORTIZ MENA
AR540_2021PL