Esta aprobación representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales en México y un paso hacia la consolidación de condiciones más justas para la clase trabajadora.
El Congreso de la Ciudad de México, en su calidad de integrante del Constituyente Permanente, aprobó por unanimidad la minuta con proyecto de decreto para reformar el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salarios. Esta reforma constitucional, enviada por el Congreso de la Unión, busca proteger el salario de los trabajadores para que no pierda su valor adquisitivo frente a la inflación.
La diputada Martha Ávila, presidenta de la Mesa Directiva del Congreso capitalino, destacó que esta modificación blinda el salario real de las personas trabajadoras y garantiza que las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias mejoren continuamente. “Este es un gran avance para la clase trabajadora y sus familias en todo el país, la salvaguarda del mejoramiento continuo de las condiciones de vida de las y los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo de las presentes y futuras generaciones”, afirmó.
La reforma establece que los salarios mínimos podrán ser generales o profesionales. Los primeros se fijarán en áreas geográficas determinadas, mientras que los profesionales aplicarán en ramas específicas de la actividad económica o profesiones, oficios o trabajos especiales. Además, se prohíbe el uso del salario mínimo como referencia para otros fines ajenos a su naturaleza.
Uno de los puntos clave de esta modificación es que la revisión y fijación de los salarios mínimos no podrá estar por debajo de la inflación observada, lo que asegura que el poder adquisitivo de los trabajadores no se vea mermado.
Asimismo, se incluyó un nuevo párrafo que estipula que en ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo en cada entidad federativa. En particular, se establece que maestras y maestros de nivel básico, policías, guardias nacionales, personal de las Fuerzas Armadas, médicos y enfermeros deberán recibir un salario mensual no menor al promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.