El TEPJF ordena reanudar el proceso electoral extraordinario 2024-2025 del Poder Judicial

El TEPJF ordena reanudar el proceso electoral extraordinario 2024-2025 del Poder Judicial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los acuerdos del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) que suspendían el desarrollo del proceso electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos judiciales. La decisión, basada en un proyecto de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, reafirmó que los procesos electorales son de orden público y deben continuar sin interrupciones.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, los acuerdos emitidos los días 7 y 9 de enero de 2025 por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF). Estos acuerdos suspendían toda actividad relacionada con el proceso electoral extraordinario para la elección de cargos del PJF 2024-2025 y anulaban los actos derivados de dichos acuerdos.

Diversos aspirantes a juzgadores federales impugnaron la decisión, argumentando que ninguna autoridad puede suspender el proceso electoral de personas juzgadoras del PJF y que los acuerdos vulneraban sus derechos político-electorales, al impedir su participación en el proceso.

En una sesión pública, la Sala Superior, con base en el proyecto de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que en materia electoral no aplica la figura de suspensión. Resolvió que los procesos electorales deben continuar como un mandato de orden público, lo que hace inviable detener su implementación.

La decisión busca que el Comité de Evaluación del PJF reanude los procedimientos de selección y evaluación de aspirantes para los cargos de ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistradas o magistrados de circuito, juezas o jueces de distrito, e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.

El pleno también resolvió que el juez primero de distrito en el estado de Michoacán carece de competencia para imponer medidas cautelares que vinculen a la Sala Superior y a sus integrantes. Por ello, ordenó al Consejo de la Judicatura Federal evaluar la actuación de dicho juzgador y tomar las medidas correspondientes.

Además, la Sala Superior instruyó a su Dirección General de Asuntos Jurídicos a presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) y solicitó a la SCJN pronunciarse sobre los aspirantes registrados en el proceso, particularmente aquellos que podrían quedar fuera como candidatos del Poder Judicial de la Federación.

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