En una sesión pública presencial, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió 48 asuntos relacionados con la elección extraordinaria de personas juzgadoras para el periodo 2024-2025. El Tribunal determinó que los comités de evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo federal debieron informar, en cada caso, qué requisitos de elegibilidad incumplieron los promoventes para ser excluidos de la lista final de aspirantes.
Por mayoría de votos, se resolvió el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-1529/2024, con el voto particular del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, y por unanimidad los demás juicios, bajo las propuestas de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso.
El Tribunal señaló que ambas instancias, al excluir a los promoventes, debieron fundar y motivar sus decisiones conforme al principio de legalidad. Este requisito es esencial para dotar de certeza al proceso y garantizar que los aspirantes y la ciudadanía conozcan las razones específicas detrás de dichas exclusiones.
El fallo establece que solo con una fundamentación adecuada se puede cuestionar un acto de autoridad y confrontarlo con argumentos que busquen revertir posibles afectaciones a los derechos de los aspirantes, quienes, según manifestaron, fueron impedidos de continuar en el procedimiento electivo para el Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, la Sala Superior ordenó a los comités responsables emitir determinaciones claras, fundadas y motivadas, que detallen los fundamentos jurídicos que justificaron la exclusión de los promoventes del listado de aspirantes que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.