El Congreso aprueba reforma que limita impugnaciones a modificaciones constitucionales

El Congreso aprueba reforma que limita impugnaciones a modificaciones constitucionales

El Senado aprobó con 85 votos a favor y 41 en contra una reforma constitucional que impide impugnar modificaciones a la Constitución. Esta medida establece que las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en contra de reformas serán consideradas improcedentes, afectando también los casos ya en trámite. Expertos advierten que esta reforma representa un retroceso para la democracia y los derechos humanos en México.

En medio de una acalorada sesión, el Senado de la República aprobó con 85 votos a favor y 41 en contra el dictamen que modifica la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal. Esta reforma establece que las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que contravengan adiciones y reformas constitucionales serán consideradas improcedentes.

El decreto modifica el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y añade un quinto párrafo al artículo 105. Además, incluye un segundo artículo transitorio que estipula que los asuntos en trámite se resolverán conforme a las nuevas disposiciones.

Francisco Burgoa, académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), expresó su preocupación respecto a la reforma.

“Se mantiene la improcedencia de amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad que busquen cuestionar modificaciones a la Constitución.

“Aún más preocupante es el efecto retroactivo que pretenden imponer, donde los asuntos en trámite deberán resolverse conforme a las nuevas disposiciones del decreto, sin importar las normas vigentes al momento de su inicio.

“No es suficiente eliminar el control de convencionalidad; esta reforma es una regresión peligrosa para la democracia constitucional y la protección de los derechos humanos, ya que anula cualquier posibilidad de que el Poder Judicial fiscalice los excesos del legislador (y ya hemos visto la manera de legislar del oficialismo)”.

¿Qué dice el decreto?

La reforma introduce cambios importantes en cómo se pueden impugnar (es decir, cuestionar) las reformas a la Constitución:

  1. Improcedencia de impugnaciones: A partir de ahora, no se podrán presentar controversias constitucionales ni acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas que se realicen a la Constitución. Esto significa que si alguien no está de acuerdo con un cambio en la Constitución, ya no podrá acudir a los tribunales para que se revise si ese cambio es legal o no.
  2. Efecto retroactivo: Las nuevas disposiciones también afectarán a los casos que ya están en proceso en los tribunales. Todos los asuntos que estén en trámite deberán resolverse de acuerdo con las nuevas reglas, ignorando las normas que estaban vigentes cuando se iniciaron esos casos. Esto implica que las personas que habían iniciado un proceso legal ya no podrán beneficiarse de las normas anteriores, lo que podría limitar su acceso a la justicia.
  3. Limitación del juicio de amparo: El juicio de amparo, que es una herramienta legal que permite a los ciudadanos proteger sus derechos, no podrá utilizarse contra las adiciones o reformas a la Constitución. Esto significa que las personas no podrán defenderse legalmente si sienten que una reforma les afecta directamente.

La reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y sus efectos serán inmediatos para los casos en trámite.