Gutiérrez Ortiz sostuvo que al no existir le figura penal, las dos mujeres deben ser liberadas de las acusaciones. En el caso de Alejandra Cuevas, se trata de una mujer de edad avanzada, con distintos padecimientos de salud, y en el caso de Laura Morán, el proyecto señala que «el deber de cuidado que se le impuso excede el límite de lo razonable».
El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, contempla dejar sin efectos las imputaciones en contra de Alejandra Cuevas y su hija Laura Morán, ambas denunciadas en 2015 por el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por el supuesto homicidio de su hermano.
El proyecto fue presentado por Gutiérrez Mena tras ser desechado el del ministro Alberto Pérez Dayan. El descarte tuvo lugar después de que se hiciera pública una conversación privada, en la que Gertz Manero comentó tener conocimiento del proyecto, y su intención de buscar a toda costa que las dos mujeres fueran condenadas.
De acuerdo con la SCJN el nuevo proyecto que se discutirá en los próximos días, propone conceder a Cuevas y a Morán un amparo que categorizaron como «liso y llano» para ordenar su inmediata libertad.
El ministro argumentó que no hay motivos para perseguir a las mujeres debido a que para inculparlas se empleó una figura inexistente en la legislación penal: la de garante accesoria, con la que se les asignó legalmente a las imputadas el deber de salvaguardar la vida del hermano del fiscal, y al no cumplirlo, acusarlas de negligencia.
«Las inculpadas fueron consideradas presuntas responsables del homicidio del señor F. La acusación asegura que las mujeres fueron negligentes en su cuidado cuando les correspondía desempeñarlo con toda diligencia para evitar su muerte. En el caso de la señora M, por tratarse de su concubina, y en el caso de la señora A, por tratarse de la hija de la pareja del señor F.
«Así, se asignó a las inculpadas el deber de salvaguardar la vida del señor F; a la señora M manera directa y a la señora A de manera indirecta o accesoria. El proyecto destaca que en el caso de la señora A se utilizó una figura inexistente en la legislación penal: la de garante accesoria», señaló la SCJN.
Por este motivo, Gutiérrez Ortiz sostuvo que al no existir le figura penal, las dos mujeres deben ser liberadas de las acusaciones. En el caso de Alejandra Cuevas, se trata de una mujer de edad avanzada, con distintos padecimientos de salud, y en el caso de Laura Morán, el proyecto señala que «el deber de cuidado que se le impuso excede el límite de lo razonable».
«No es posible esperar que una mujer sin conocimientos especializados y en franca situación de vulnerabilidad – pues tenía 88 años- se condujera como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma. Es lógico, por tanto, que no puede ser responsabilizada por un resultado -la muerte de su pareja sentimental de 50 años- que razonablemente no podía evitar», señala el documento.
«ABSUELTO» POR EL PRESIDENTE Y EL SENADO
Alejandro Gertz compareció a puerta cerrada ante la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado de la República, tras los escándalos de las grabaciones que le involucraron en intentar interferir en el caso de Alejandra Cuevas y Laura Morán para no permitirles la libertad.
Ricardo Monreal, senador y presidente de la Jucopo, informó al término de la reunión, que el fiscal negó tener acceso al proyecto, y aseguró que todo lo que había hablado en la llamada telefónica, que fue intervenida, correspondía a «labores normales de interlocución o de alegato de oídas».
Por lo que la Jucopo resolvió no iniciar ningún procedimiento en su contra, al igual que el presidente Andrés Manuel López Obrador quien tampoco manifestó investigar las acciones del fiscal.