Andrés León Reguera y Juan Alberto Bravo Hernández fingieron comprar acero inoxidable para justificar un aumento de 316 millones 500 mil pesos al presupuesto de la obra.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió por unanimidad que Andrés León Reguera y Juan Alberto Bravo Hernández deberán devolver 216 millones 337 mil 411 pesos y 230 millones 77 mil 487 pesos de manera respectiva luego que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) los encontró responsables de dañar a la Hacienda Pública Federal con la simulación de la compra de acero inoxidable para la construcción del Monumento Bicentenario Estela de Luz en el año 2011.
León Reguera y Bravo Hernández fueron empleados de la empresa de participación estatal III Servicios S.A. de C.V. que es filial de Petróleos Mexicanos (Pemex) . Esta empresa fue la encargada de realizar las contrataciones de empresas privadas para realizar la construcción del polémico monumento que formó parte de los festejos del Bicentenario de Independencia de México en el 2010. León Reguera se desempeñó como residente de obra, en tanto que Bravo Hernández fue asesor técnico administrativo.
Casi una década después de que ocurrieron los hechos, Nora Elizabeth Urby, magistrada del TFJA, presentó el proyecto en el que sostuvo la validez de la determinación de la ASF que en marzo del 2019 dictó la resolución al procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias. A través de las de esta resolución la dependencia determinó que ambos trabajadores eran responsables de causar daño a la Hacienda Pública.
A la ASF le tomó 8 años realizar su dictamen, pero las irregularidades las encontró desde el 2011 en que verificó los recursos federales canalizados al proyecto de la Estela de Luz y tras practicar una auditoría a la empresa III servicios S.A. de C.V. encontró que el 28 de abril del 2010 los dos trabajadores dictaminaron un cambio en el acero de la construcción que implicaba un aumento del presupuesto por 316 millones 500 mil pesos, sin embargo nunca realizaron el cambio.
Los trabajadores impugnaron la resolución de la ASF al argumentar que no se dañó a la Hacienda Pública debido a que los fondos provenían de un fiduciario estatal que fue pagado a III Servicios S.A. de C.V.