Autoridades activan la fase 1 de contingencia ambiental en el Valle de México por ozono

Autoridades activan la fase 1 de contingencia ambiental en el Valle de México por ozono

Las autoridades ambientales indicaron que este martes no circularán los vehículos particulares con con holograma de verificación 2 y verificación 1 terminaciones 1, 3, 5, 7, 8 y 9, así como los  “0 y 00”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8 .

La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la Fase 1 de la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México. A través de un comunicado, el organismo informó que a las 17:00 horas de este lunes se registraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 155 partes por billón (ppb) en diversas estaciones de monitoreo de la Ciudad de México.

La contaminación atmosférica se intensificó en la urbe debido a la presencia de un sistema de alta presión que se combinó con  alta radiación solar, viento débil y variable. Debido a la mala calidad del aire la Comisión recomendó a los habitantes de la CDMX evitar actividades al aire libre.

La Comisión informó que este martes  deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 13, 57, 8 y 9  así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8 .

  4. Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.

  5. Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.

  6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.

  7. Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.