INE impone monto máximo de gastos a aspirantes a candidaturas presidenciales por 34.3 mdp

INE impone monto máximo de gastos a aspirantes a candidaturas presidenciales por 34.3 mdp

El INE resolvió que los aspirantes a la candidatura presidencial para el 2024 -tanto de Morena como del Frente Amplio por México- tendrán un tope de campaña de 34.3 millones de pesos, no podrán hacer uso de tiempos oficiales de radio y televisión y deberán reportar sus gastos el 2 de octubre.   

El Instituto Nacional Electoral (INE) definió los lineamientos, tanto operativos como de fiscalización, para que los aspirantes a la candidatura presidencial para el periodo electoral 2023-2024 realicen actos de autopromoción.

El órgano electoral acató la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que emitiera los lineamientos que salvaguarden los de principios de equidad y legalidad frente a procesos políticos que no fueron considerados actos anticipados de campaña, pero sí requieren ser regulados por las autoridades electorales.

Los candidatos del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y partidos aliados, que se autopromocionan de cara a un sondeo interno que definirá al candidato o candidata oficial a la presidencia, y los perfiles del Frente Amplio por México, integrado por partidos de oposición, que realizan un proceso similar, deberán reportar los gastos de las actividades y propaganda difundida y tendrán que observar reglas para publicitarse.

La fiscalización de las actividades y la propaganda que llevan a cabo los actores políticos será llevada a cabo por la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del INE y el monto máximo aprobado fue por 34.3 millones de pesos por cada persona inscrita. Deberán rendir cuentas, tanto las personas inscritas en el proceso, como los partidos políticos que impulsan estas campañas y las personas aportantes.

La inversión económica para el desarrollo de las actividades será considerada parte del gasto ordinario de los partidos. El periodo de fiscalización inicia con el acuerdo o convocatoria del proceso y finalizará con la publicación de los resultados o la declaración final.

Entre los lineamientos, el INE prohibió el uso de prerrogativas de acceso a tiempos oficiales de radio y televisión para difundir propaganda. Los partidos tendrán prohibido utilizar estos espacios para promover el nombre, imagen o voz de las personas inscritas y no podrán contratar por su cuenta espacios en medios de comunicación.

El INE también incluyó a las organizaciones civiles, personas inscritas y otros actores que participan en los procesos en un lineamiento que prohíbe la propaganda que respalde la precandidatura o candidatura de cualquier persona a un cargo de elección popular.

Toda la publicidad masiva que contenga llamados al voto u otros elementos de naturaleza electoral, así como la que no identifique el proceso político o a la persona inscrita, será retirado por el INE en un plazo de cinco días hábiles.

Los partidos deberán entregar el informe de gastos correspondientes al proceso político el 2 de octubre.