La Sala Superior del TEPJF concluyó que la CNDH excedió sus atribuciones al implementar un mecanismo para vigilar el periodo electoral con el objetivo de defender derechos electorales. El órgano defensor de los Derechos Humanos rechazó la resolución y respondió que el Máximo Tribunal Electoral no está facultado para someterlo a escrutinio jurisdiccional.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inválido el «Mecanismo de seguimiento de las campañas electorales» que llevó a cabo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al igual que el «Primer Informe Sobre la Violencia Política para la Protección y Defensa del Derecho a la Democracia», que fue emitido por el organismo a principios de marzo.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña explicó que su proyecto no buscó «amordazar» a la CNDH, ni realizar «una interpretación regresiva respecto de los Derechos Humanos», como señaló el órgano garante de los Derechos Humanos, únicamente abordó un tema que es competencia del Tribunal Electoral. De la Mata precisó que es la Constitución la que impide a la CNDH sobre temas electorales.
A principios de marzo, la CNDH informó que realizaría un seguimiento de los casos de violencia política en el contexto electoral. En su primer informe, el organismo describió varios casos de desprestigio y discriminación, entre ellos, una campaña que fue puesta en marcha a través de las redes sociales para atacar al presidente Andrés Manuel López Obrador con el hashtag #NarcoPresidente.
Para De la Mata, la CNDH no tiene competencia en esta tema, incluso cuando apela a la protección del Derecho a la Democracia, pues la vigilancia de las campañas corresponde a las autoridades electorales.
La ministra presidenta, Mónica Soto y la magistrada Janine Otálora, apoyaron al magistrado y concluyeron que la CNDH incurrió en un exceso de facultades. El magistrado Felipe Fuentes también se sumó a los votos para invalidar el mecanismo del organismo garante de derechos humanos.
La CNDH emitió un posicionamiento en el que rechazó la resolución de la Sala Superior del TEPJF y advirtió que llevará a cabo acciones para «defender su derecho a defender los derechos del pueblo». En el documento, publicado este miércoles, el organismo sentenció que la Sala Superior realizó una » interpretación regresiva» y que el Tribunal Electoral «no cuenta con la competencia para someter a escrutinio jurisdiccional la actuación del máximo órgano protector de los Derechos Humanos del país».
La CNDH sostuvo que aunque no cuenta con atribuciones en materia electoral, sí tiene facultades para defender los derechos político-electorales. A pesar del rechazo a la resolución, el organismo ha decidido inhabilitar las direcciones web donde se encontraba la información sobre el informe.
El ejercicio de los #DerechosHumanos y su defensa no son materia del #TEPJF. #DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/sc347uTtXq
— CNDH en México (@CNDH) March 27, 2024