Los diputados federales aprobaron por unanimidad tres reformas que modificarán el marco legal en torno a la adquisición de medicamentos para hacer frente al COVID-19, garantizar la paridad de Género en la función pública y transparentar las sentencias judiciales.
Durante el tercer periodo extraordinario de la Cámara de diputados se aprobó reformar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Con esta modificación, el Gobierno federal podrá adquirir medicamentos e insumos médicos con organismos intergubernamentales internacionales y hacer frente a la epidemia por el COVID-19.
La Reforma permitirá que se realicen licitaciones internacionales que garantizarían la compra de suministros de calidad y bajo costo. Para llevar esto a cabo, se integrará un mecanismo de supervisión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y se implementarán registros ante autoridades reguladoras nacionales de medicamentos de referencia de la región o evaluaciones a través de procesos internos para asegurar la calidad.
La Reforma dotará de instrumentos para realizar la compra de insumos de cara a la emergencia sanitaria causada por el Covid-19 y la creciente demanda de medicamentos y de futuras vacunas.
Martha Elisa González Estrada de la fracción del Partido Acción Nacional (PAN) votó en contra al afirmar que con esta Reforma “pretenden legalizar las acciones que ha realizado este gobierno por falta de orden, liderazgo y planeación en el abasto de medicamento, vacunas y demás insumos para la salud, comprando de forma discrecional”.
PARIDAD DE GÉNERO
De igual manera, la Cámara baja aprobó por unanimidad el segundo dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, en materia de paridad de Género. En estas materia, los legisladores aprobaron 86 leyes secundarias en materia de paridad y garantiza que los órganos de Gobierno y las titularidades de cárgos públicos estén conformadas en un 50 por ciento por mujeres.
TODAS LA SENTENCIAS SERÁN PÚBLICAS
Este jueves también se aprobaron reformas a Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en materia de publicidad y sentencias, con las que los impartidores de justicia, tanto federales como locales, estarán obligados a hacer público el texto íntegro de todas las sentencias emitidas.
El objetivo de esta modificación es cumplir con el principio de dar máxima publicidad de las resoluciones. Anteriormente, el artículo 73 de esta Ley facultaba a los poderes judiciales para dar a conocer sólo las sentencias de «interés público». La reforma ratifica la determinación del Senado de la República, y fue aprobada por unanimidad.