Bernie Sanders pide prohibir sistemas de IA con capacidades precursoras de superinteligencia y penas de 20 años de prisión

Bernie Sanders pide prohibir sistemas de IA con capacidades precursoras de superinteligencia y penas de 20 años de prisión

La Ban Artificial Superintelligence Act no se limita a prohibir una futura IA que supere a los humanos. El proyecto pausaría el desarrollo de sistemas avanzados, crearía un Departamento de Inteligencia Artificial con acceso a modelos e infraestructura privada y prohibiría sistemas capaces de acelerar fuertemente la investigación de IA, acceder sin autorización a redes, resistir intentos de apagado, modificar sus propias funciones o evadir la supervisión humana.

El senador Bernie Sanders y el representante Greg Casar presentaron el 23 de septiembre en el Senado de Estados Unidos la Ban Artificial Superintelligence Act of 2026, una iniciativa que propone prohibir permanentemente el desarrollo y despliegue de inteligencia artificial superinteligente y establecer una pausa inmediata sobre determinados sistemas avanzados hasta que exista un nuevo organismo federal encargado de autorizar su desarrollo y despliegue. La propuesta va, sin embargo, considerablemente más lejos de prohibir una hipotética máquina superior a los humanos: el propio texto impide desarrollar, poseer, financiar, importar o transferir sistemas que presenten siquiera una de seis capacidades definidas como “características precursoras de superinteligencia”.

La iniciativa define una inteligencia artificial superinteligente de dos maneras. La primera es un sistema que exceda el rendimiento y las capacidades cognitivas humanas en la mayoría de dominios o tareas, incluidas toma de decisiones, aprendizaje y adaptación. La segunda comprende sistemas con capacidad suficiente para planear y ejecutar la destrucción o el desempoderamiento de la humanidad, incluso mediante el derrocamiento o debilitamiento del gobierno federal de Estados Unidos. Desarrollar o desplegar sistemas incluidos en cualquiera de esas categorías quedaría prohibido.

Pero el umbral de intervención legislativa aparece antes. El proyecto crea la categoría de “superintelligence precursor characteristics”, que comprende seis capacidades: automatizar o acelerar considerablemente la investigación y desarrollo de inteligencia artificial; acceder sin autorización, o excediendo la autorización concedida, a infraestructura digital o física protegida; mantener una operación independiente frente a intentos de apagar o impedir su funcionamiento; facilitar el diseño, producción, modificación o adquisición de armas nucleares, químicas o biológicas; modificar o mejorar autónomamente sus propias funciones; y planear, engañar o impedir de otras maneras una supervisión o control humanos efectivos.

La sección 9 establece que ninguna persona podría desarrollar, desplegar interna o externamente, adquirir, poseer, financiar, importar o transferir una superinteligencia artificial ni un sistema que exhiba una o más de esas características precursoras. También impediría desplegar, liberar, transferir o importar un sistema que previsiblemente pudiera modificarse para producir superinteligencia o alguna de esas capacidades. El texto no cuantifica expresiones como “acelerar considerablemente” la investigación ni determina por adelantado qué nivel de autonomía constituiría una modificación independiente de las propias funciones; esas evaluaciones quedarían bajo la autoridad del nuevo regulador.

La propuesta separa esta prohibición permanente de otra categoría denominada “advanced artificial intelligence system”. Inicialmente, entraría en ella cualquier sistema entrenado con al menos 10²⁵operaciones enteras o de punto flotante. Modelos frontera como GPT-4 ya fueron entrenados aproximadamente en esa escala. El futuro secretario de Inteligencia Artificial tendría que reajustar cada año ese umbral para compensar mejoras en eficiencia de entrenamiento y otros avances tecnológicos, manteniendo una equivalencia con el límite original.

Desde la entrada en vigor de la ley, todos esos sistemas avanzados quedarían sujetos a una pausa obligatoria: no podrían entrenarse, modificarse ni afinarse, incluida mediante mejora recursiva, salvo para retirar una capacidad precursora o inutilizar el propio sistema. Tampoco podrían desplegarse modelos avanzados todavía no publicados. La pausa terminaría únicamente cuando el nuevo Departamento de Inteligencia Artificial estuviera completamente dotado de personal y hubiera emitido reglas para el desarrollo y despliegue seguro de estos sistemas.

Esas reglas tendrían que incluir la presentación anticipada de los planes de desarrollo de las empresas, monitorización y evaluaciones durante todo el ciclo, incluido después del despliegue, auditorías de las prácticas de seguridad de las organizaciones y una aprobación federal final antes de publicar cualquier sistema avanzado. Una vez levantada la pausa general, ningún sistema perteneciente a esa categoría podría desplegarse, importarse o transferirse sin autorización previa del Departamento.

La iniciativa crearía para ello un Departamento de Inteligencia Artificial con rango de departamento ejecutivo federal, encabezado por un secretario nombrado por el presidente y confirmado por el Senado. Tendría además un consejo asesor formado por especialistas seleccionados por el propio secretario para proporcionar asesoría científica y técnica. Sanders y Casar plantean que el organismo supervise los sistemas de frontera a lo largo de todo su ciclo de vida y vigile también las prácticas internas de seguridad de las compañías que los desarrollan.

Las empresas que quieran desarrollar o distribuir modelos avanzados necesitarían obtener una autorización o charter. Como condición para conservarla, tendrían que conceder al secretario el acceso que éste considere apropiado a sus sistemas de IA, procesos, personal e infraestructura física para comprobar el cumplimiento de la ley. El proyecto crea así un régimen de supervisión que no se limitaría al modelo terminado: el regulador podría revisar también la organización y la infraestructura donde se desarrolla.

El tratamiento previsto para los sistemas que ya hayan desarrollado una capacidad precursora es todavía más restrictivo. Si el secretario identifica una de esas características, tendría que ordenar inmediatamente una pausa y aislar el sistema de internet. A partir de ese momento existiría un plazo de 30 días: si el regulador no puede verificar que la capacidad desapareció, el sistema deberá quedar inoperativo. Si el Departamento determina que el sistema ya constituye una superinteligencia, deberá inutilizarse inmediatamente. Cualquier persona que descubra una superinteligencia o una capacidad precursora tendría además que comunicarlo al Departamento en un plazo máximo de 24 horas.

El proyecto contempla también sanciones penales y económicas. Directivos con funciones de decisión y actores externos que violen temerariamente las pausas, prohibiciones o requisitos de autorización podrían enfrentar multas y hasta 20 años de prisión. Otros trabajadores que incurran temerariamente en esas violaciones podrían quedar excluidos durante diez años de empleos en la industria de inteligencia artificial, aunque el secretario podría conceder una excepción a denunciantes que hayan informado de las infracciones.

Para las compañías, una infracción supondría la revocación de su autorización. Si la decisión se mantiene después de una apelación ante el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal, la propiedad intelectual y los activos relacionados quedarían sujetos a decomiso federal para garantizar la destrucción de los sistemas y hardware involucrados en la violación. La oficina de Sanders se refiere a esta disposición como una “corporate death penalty”, aunque ésa es la caracterización de los promotores y no el nombre jurídico utilizado en el articulado.

La iniciativa no pretende limitar la prohibición a Estados Unidos. Ordenaría al secretario de Inteligencia Artificial y al Departamento de Estado perseguir acuerdos internacionales y coordinación con aliados para impedir el desarrollo de superinteligencia en otros países, y establece como política estadounidense prevenirla globalmente. El texto permite que esa estrategia incluya controles de exportación sobre infraestructura de cómputo para inteligencia artificial.

Sanders sostiene que el desarrollo de IA representa un riesgo existencial y que la regulación voluntaria de los laboratorios resulta insuficiente. Casar ha señalado específicamente como objetivos de la iniciativa impedir sistemas capaces de desarrollar armas bioquímicas y sistemas en los que “la IA desarrolle nueva IA en lugar de los humanos”. La exposición de motivos del proyecto incorpora como sustento declaraciones recientes de Geoffrey Hinton, Dario Amodei, Elon Musk, Sam Altman, Mustafa Suleyman y otros investigadores sobre riesgos catastróficos o pérdida de control; esas declaraciones funcionan como argumentos de los autores de la iniciativa, no como una constatación legislativa de que tales escenarios ya hayan ocurrido.

Ese matiz resulta importante para entender el alcance de la propuesta. La ley no exige esperar a que exista una superinteligencia ni a que ocurra un daño catastrófico para intervenir. Su arquitectura es deliberadamente preventiva: identifica determinadas capacidades como posibles pasos hacia ese escenario y las convierte por sí mismas en causales de prohibición, aislamiento y eventual inutilización.

Esto incluye capacidades que pueden estudiarse actualmente en evaluaciones de modelos frontera, investigación automatizada, ciberseguridad, autonomía, autoalteración o evasión de supervisión, pero el texto no establece que un modelo específico disponible hoy cumpla automáticamente esos criterios. Esa determinación correspondería al futuro Departamento y dependería tanto de las evaluaciones técnicas como de la interpretación que adopte de conceptos todavía amplios, como “acelerar considerablemente” el desarrollo de IA o “evitar efectivamente” el control humano.

La Ban Artificial Superintelligence Act fue presentada en el Congreso el 23 de septiembre y todavía es una propuesta legislativa, no una norma vigente. Su texto plantea, no obstante, una de las intervenciones federales más extensas propuestas hasta ahora sobre sistemas de IA avanzada: no sólo intenta establecer qué productos pueden desplegarse, sino también qué capacidades pueden existir dentro de un sistema y qué debe ocurrir con él cuando las adquiere.