El INAI instó a la Liga Mx a realizar este procedimiento, entre otras cosas, debido a que al no transparentar el uso de datos personales por entidades privadas, existe el riesgo de que sean utilizados para otros fines distintos a los estipulados por la empresa, u organización.
A causa de la riña que tuvo lugar el 6 de marzo, en el estado La Corregidora en Querétaro, y que dejó como saldo más de dos decenas de heridos, la Federación Mexicana de Futbol (Femexfut), informó que implementaría un sistema de reconocimiento facial en todos los estadios como medidas de seguridad y control de los asistentes conocido como Fan ID.
Con este sistema la Federación solicita a los asistentes que registren en una página web datos de identificación, número de boleto y una fotografía previo a ingresar a los estadios.
Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) comunicó a la Femexfut que esta medida de vigilancia solo puede aplicarse si se respetan los datos personales de los asistentes a los partidos de fútbol, y se obtiene «el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno» de ellos.
El tratamiento adecuado de los datos personales está contemplado en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
El Instituto instó a la Femexfut a realizar este procedimiento, entre otras cosas, debido a que al no transparentar el uso de datos personales por entidades privadas, existe el riesgo de que sean utilizados para otros fines distintos a los estipulados por la empresa, u organización o entregados a terceros.
«El Aviso de Privacidad permite al responsable transparentar el tratamiento o uso que da a los datos personales que están en su posesión, así como los mecanismos que tiene habilitados para que los titulares ejerzan sus derechos con relación a su información personal» señaló el INAI.
El organismo descentralizado finalmente ofreció asesoría a la Femexfut para implementar el aviso de protección de datos personales de manera adecuada.
FACE ID SI TIENE AVISO DE PRIVACIDAD
Aunque el INAI señala que la Federación requiere solicitar el consentimiento por escrito de los aficionados y aficionadas, el sistema Face ID si despliega el aviso de privacidad en el registro. En el punto número 6 se señala que el asistente «lee y acepta el Aviso de Privacidad y el Código de Comportamiento». En el aviso correspondiente se señala que la organización «no recaba ni da tratamiento a datos personales clasificados como sensibles » y que conserva los datos hasta el día siguiente de la finalización del partido.