Estos son los puntos que promueven la reforma a la Ley Minera

Estos son los puntos que promueven la reforma a la Ley Minera

La Reforma a la Ley Minera tiene como objetivo garantizar la autodeterminación de la Nación y la soberanía energética sobre el litio y otros minerales estratégicos en la transición energética. También promueve que un organismo público descentralizado (OPD) sea el responsable de la exploración, explotación y aprovechamiento de este mineral.

La Reforma a la Ley Minera tiene como objetivo garantizar la autodeterminación de la Nación y la soberanía energética sobre el litio y otros minerales estratégicos en la transición energética. También promueve que un organismo público descentralizado (OPD) sea el responsable de la exploración, explotación y aprovechamiento de este mineral.

La iniciativa se justifica en la necesidad de regular el sector donde ha prevalecido la cultura de extractivismo, que ha causado daño al medio ambiente y violaciones a los derechos humanos. Como resultado de esta práctica, se señala que casi el 60 por ciento del territorio mexicano se encuentra concesionado para actividades mineras, lo que ha generado afectaciones a las poblaciones locales.

Al igual que la Reforma Eléctrica, esta iniciativa se sustenta en los artículos 27 y 28 de la Constitución Mexicana, que permiten considerar la explotación del litio como una actividad estratégica que correspondería en su totalidad al Estado, por lo que no se permitirían concesiones, contratos, asignaciones, ni permisos a privados tanto nacionales como extranjeros.

El proyecto contempla modificaciones sobre los artículos 1,5,9,10 de la Ley Minera. En la reforma al artículo 1 se señala que un OPD sería el responsable del aprovechamiento del litio.

En la modificación al artículo 5 se declara de utilidad pública la explotación y exploración del litio, por lo que no se otorgarían concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia. Asimismo, los yacimientos de litio se considerarían patrimonio de la nación y zonas de reserva minera.

En la reforma al artículo 9 se propone que el Servicio Geológico Mexicano auxiliaría al OPD encargado del litio. Finalmente, en la reforma al artículo 10 se contempla que, con excepción del litio y otros minerales considerados como estratégicos, la exploración y explotación de minerales, entre ellos salinas formadas por aguas marinas, solo podrán realizarse por mexicanos, pueblos y comunidades indígenas.

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