El Instituto Nacional Electoral (INE) descartó cancelar la candidatura de César Gutiérrez Priego a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al declarar que no tiene facultades legales para revocar postulaciones realizadas por los poderes de la Unión, aun cuando existan denuncias por presunto incumplimiento de requisitos como el de buena reputación.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó inviable revocar la candidatura de César Gutiérrez Priego al cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al declarar que el órgano no tiene competencia para pronunciarse sobre el tema, ya que la etapa de evaluación ha concluido y correspondía a los comités de los poderes de la Unión realizar dicha revisión.
En respuesta a una denuncia presentada por el ciudadano Alejandro Vázquez Álvarez, quien señaló que Gutiérrez Priego no cumple con el requisito de “gozar de buena reputación”, establecido en el artículo 95 de la Constitución, el INE precisó que no cuenta con atribuciones para cancelar candidaturas emanadas de otros poderes. La denuncia también exige investigar presuntos vínculos del aspirante con personas relacionadas con delitos sexuales infantiles y con los responsables de la condena del general Jesús Gutiérrez Rebollo, padre del candidato.
«Este Instituto no cuenta con atribuciones para que en segunda instancia, revoque o cancele la postulación realizada por algún Poder la Unión, ya que es un acto legal y válidamente emitido, tampoco existe disposición normativa que permita al INE, subsanar o corregir los actos de autoridad que no le son propios, ya que dicha competencia es de los Órganos Jurisdiccionales en la materia, modificar, confirmar o revocar las determinaciones emitidas por alguna autoridad del Estado Mexicano”, subraya el acuerdo aprobado.
Por unanimidad, el INE respondió a los presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados, quienes solicitaron la anulación de 26 candidaturas judiciales: ocho por no acreditar el promedio mínimo en licenciatura y 18 por presuntamente no gozar de buena reputación, al estar relacionadas con investigaciones federales en curso.
El instituto enfatizó que la primera revisión de expedientes correspondió a los tres comités de evaluación, uno por cada poder de la Unión. La lista de candidaturas fue entregada al INE por el Senado el pasado 12 de febrero. Una segunda verificación de requisitos será realizada tras la jornada electoral y los cómputos, antes de expedir las constancias de mayoría a quienes resulten ganadores. Ese proceso debe concluir a más tardar el 15 de junio.
El INE aclaró que tiene abierta la posibilidad de recibir documentación adicional de parte de las cámaras o de la ciudadanía, en caso de que se consideren fundadas las dudas sobre la elegibilidad de alguna persona candidata.
En cuanto al marco legal, el Consejo General citó la tesis de Jurisprudencia 11/97 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que establece que los requisitos de elegibilidad pueden ser analizados al momento del registro de candidaturas y al calificar la elección, no durante el desarrollo de las campañas.
La Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, hizo un llamado a respetar las reglas del proceso electoral para evitar incidir a favor o en contra de alguna candidatura.
En otro punto de la sesión, el Consejo General aprobó la cancelación de 17 candidaturas del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, debido a incompatibilidad por postulación múltiple en ocho casos y a renuncia voluntaria en nueve más.

